Pese a que la Corte Constitucional despenalizó tres causales del aborto, la práctica sigue siendo un delito, de acuerdo con el Código Penal. Más de cien organizaciones feministas exigen que el artículo que así lo establece se declare inconstitucional.
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Cientos de mujeres ataviadas con pañuelos verdes esperan a las afueras de la Corte Constitucional a que decida si aprueba la despenalización del aborto en Colombia, que sólo es legal en tres circunstancias desde 2006. La decisión se debate desde hace más de un año, pues en septiembre de 2020 se presentaron dos demandas ante dicho tribunal. La primera, a cargo del abogado Andrés Sánchez Molina, y la segunda, por parte del movimiento Causa Justa, que agrupa a más de cien organizaciones feministas, de mujeres y derechos humanos, en la que se pide eliminar el delito de aborto tipificado así en el artículo 122 del Código Penal vigente.
De los nueve magistrados que integran la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos se encargaron de las ponencias de ambas demandas. Una vez escuchadas las ponencias, los siete magistrados restantes tenían como plazo hasta este viernes 19 de noviembre para decidir. Sin embargo, ese plazo podría extenderse debido al impedimento que presentó el magistrado Alejandro Linares –cuyo voto, al parecer, sería a favor de la despenalización– por haberse referido al tema en una entrevista. Con su salida, la despenalización del aborto en Colombia se quedaría en un empate de cuatro contra cuatro votos.
Desde la semana pasada la etiqueta #CorteVoteSí convocó a figuras públicas en redes sociales. La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, tuiteó: “Si la ley obliga a una mujer a ser madre o incurrir en un delito, es inconstitucional, violatoria de derechos fundamentales y discriminatoria […]”. La concejala Heidy Sánchez recordó en su cuenta que “alrededor de 132,000 mujeres en Colombia sufren complicaciones debido al aborto practicado en condiciones clandestinas”, y su colega Susana Muhamad reiteró que el aborto es un “derecho, no un delito”. Hubo líderes de opinión que también se pronunciaron a favor de la despenalización del aborto en Colombia, por ejemplo, la periodista María Jimena Duzán escribió en su columna para el diario El país: “Es hora de que se elimine de una vez por todas el delito del aborto del código penal. […] Para comenzar, se trata de un delito que nos discrimina, hecho exclusivamente para nosotras y que tiene el agravante de que nos echa a la hoguera desde que nacemos”. Sin embargo, la senadora por el partido del gobierno, Centro Democrático, María Fernanda Cabal, actual precandidata a la presidencia del país, afirmó en medio de la campaña electoral: “A mí no me gusta la propaganda abortista, me parece que es denigrante, me parece que una mujer tiene que respetarse a sí misma y si nosotras tenemos la capacidad de llevar un hijo en nuestro vientre, ¿cómo va a hacer uno propaganda con la muerte?”.
De aprobarse la despenalización del aborto en Colombia –en su totalidad–, sería probablemente el logro más grande de una lucha de años.
La canción, un rap con aire de reguetón, se llama “Mi causa justa” y es interpretada por Lucía Beltrán, una comunicadora, youtuber y booktuber feminista de veintiséis años, conocida en redes sociales como “La mona soy yo”. En el video, que se lanzó el pasado 4 de agosto, un grupo de bailarinas despliega pañuelos verdes en distintos lugares del centro de Bogotá, sobre todo, en el Palacio de Justicia, sede de la Corte Constitucional. “La mona soy yo” mira altiva a la cámara, sus párpados están pintados de verde, y canta:
Yo no soy delincuente,
yo no soy criminal,
aborto seguro queremos ya.
Quítate tú, que llegó la resistencia,
la fuerte, la verde, la nuestra.
Con la bandera de la libertad presente,
mujeres piden maternidad consciente.
Quiero que lo digan las chicas independientes,
las que usan pañoleta (de color verde),
con la mano arriba y con el patriarcado abajo,
estas bichotas en la calle han declarado:
eliminen el delito del Código Penal.
“Mi causa justa” es el himno del movimiento Causa Justa, creado hace tres años. El 16 de septiembre de 2020 Causa Justa presentó una demanda ante la Corte para que declare inconstitucional el artículo del Código Penal colombiano que aún tipifica el aborto como delito. Si el fallo es favorable, el aborto sería totalmente legal.
Sin embargo, “la eliminación del delito penal no va a asegurar automáticamente el acceso [al aborto]. Hay que crear condiciones de legitimidad para que a las mujeres se les reconozca como sujetos morales, autosuficientes, que no tienen que pedir permiso al médico, al juez, al cura ni al legislador, porque son capaces de tomar decisiones autónomas basadas en su propia conciencia. Ésta es una discusión sobre el tipo de democracia que queremos. En una democracia las personas tenemos que ser iguales y libres, y las mujeres no somos ni iguales ni libres: si tú no puedes tomar decisiones sobre la reproducción, pues no eres libre”.
Quien habla es Ana Cristina González, doctora en Bioética, Ética Aplicada y Salud, consultora de ONU Mujeres y exdirectora nacional de Salud Pública. Es también cofundadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, un colectivo feminista integrado por diversas organizaciones y personas que trabajan por la despenalización del aborto en Colombia, por convertirlo en un derecho en todas las circunstancias. De este colectivo nació el movimiento Causa Justa. En él están grupos históricos de la lucha por los derechos sexuales y reproductivos, como la Red Nacional de Mujeres y la Fundación Oriéntame, y otros son recientes, como la línea telefónica y red feminista de acompañamiento en aborto Las Parceras.
Cuando, entre 1997 y 1998, se creó La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Ana Cristina ejercía como médica y solía preguntarse: si a una mujer la violan e interrumpe el embarazo, ¿la respuesta del Estado es meterla a la cárcel?, ¿de verdad? Entonces regía el Código Penal de 1980, según el cual cuando una mujer se causaba un aborto o permitía que otro lo causara, recibía entre uno y tres años de cárcel. Si el embarazo era producto de “acceso carnal violento o de inseminación artificial no consentida”, la pena disminuía. Con ligeras variaciones, el lejano Código Penal de 1936 estipulaba lo mismo y también el actual, del año 2000. Ana Cristina recuerda su “indignación permanente”, como feminista y profesional, al no contar con “las condiciones y la capacidad para asegurar un servicio igual a cualquier otro que requiriera una mujer durante su vida reproductiva”.
Movimiento Causa Justa.
“Aquí hubo un grupo de investigadoras muy valientes y valiosas”, dice. “Quiero destacar a Lucero Zamudio y Lucy Wartenberg, que hicieron el primer análisis sociodemográfico del aborto en Colombia. Su pregunta era: ¿quiénes son las mujeres que abortan?, una pregunta llena de mitos: [por ejemplo,] abortan las locas irresponsables. No. Abortan las mujeres que tienen hijos, las pobres, las ricas, todas. Fue un estudio revelador”.
Pero aún no había avances en materia legislativa. Según el documento “Causa Justa: argumentos para el debate sobre la despenalización total del aborto en Colombia” (2019), elaborado por La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, hacia 1975 el aborto empezó a ser un tema de debate público. A partir de ese año y hasta 2006 el Congreso discutió seis proyectos de ley a favor de la despenalización –ninguno aprobado– en debates donde, dice el documento, “las voces de las feministas fueron poco escuchadas, aunque por fuera de este escenario movilizaron el tema”.
Entonces llegó 2006. Ese año la Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres circunstancias: cuando el embarazo sea resultado de acceso carnal o de un acto sexual sin consentimiento, inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas o de incesto; cuando la continuación del embarazo ponga en riesgo la salud física o mental de la mujer, certificada por un médico o psicólogo; y cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida.
En la emblemática sentencia C-355 de 2006, fruto, en particular, del trabajo de la abogada feminista Mónica Roa, directora de programas de la organización Women’s Link Worldwide, la Corte reconoció que la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho humano fundamental; que su penalización en todos los casos es una intromisión en el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad de las mujeres y una medida desproporcionada, irrazonable e inconstitucional; que el embrión no tiene categoría de persona humana ni es titular del derecho a la vida; que el Estado debe amparar la vida en gestación a través de la protección a la mujer gestante y garantizar su derecho a decidir la interrupción del embarazo de manera informada y segura.
A partir de entonces, en un giro paradójico, el aborto en Colombia pasó a ser un derecho pero también se mantuvo como delito.
“Cuando la Corte despenalizó el aborto en las tres circunstancias, nosotras decidimos trabajar para que la nueva regulación se implementara”, continúa Ana Cristina González. “Empezamos una labor de interpretación porque las causales dependen de requisitos. En el caso de salud, de un certificado médico, que no es una autorización, aunque algunos lo pretendan. Cuando a un médico le dicen: el aborto es permitido si la salud de las mujeres está en riesgo, la inclinación es equiparar el riesgo a la salud con el riesgo a la vida. [Para lograr la implementación,] durante quince años nuestro trabajo ha sido pedagógico, de investigación y acompañamiento”.
Sin embargo, Ana Cristina advierte que el modelo de las tres causales ha demostrado ser insuficiente para garantizar un aborto seguro, oportuno y legal: “Es un modelo que permite la reproducción de desigualdades entre grupos de mujeres. La mayoría de los abortos en Colombia sigue siendo ilegal. Entre el 1% y el 9% son legales”.
Además, han visto crecer las barreras al aborto, “aunque la Corte también lleva quince años clarificando las regulaciones en varias sentencias”, especifica Ana Cristina. Tras un acompañamiento a más de mil quinientas mujeres, La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres identificó tres grupos de barreras para acceder al aborto hoy. Así las define Ana Cristina:
“Las que tienen que ver con el desconocimiento del marco legal, desconocimiento en su doble acepción de no saber y de ignorar. Por ejemplo, hay un marco legal, pero yo sigo pensando que el aborto es un delito. Otro grupo es el de la interpretación restrictiva del marco legal. Se interpreta, por ejemplo, que estar deprimida no afecta gravemente la salud”.
Movimiento Causa Justa.
El tercer grupo, de acuerdo con Ana Cristina, son las barreras de carácter administrativo. Para explicarlas, recuerda un ejemplo: “a mí me impresiona el caso de una mujer que fue víctima de violación y un profesional le dijo: ‘no me coinciden tus semanas de embarazo con la fecha de la violación’. ¿Quién se cree ese médico? Muchas mujeres se demoran en denunciar, en reconocer el embarazo o en ser capaces de hablar. [Estas barreras] se refieren a la relación entre el profesional y la mujer, hay maltrato, desinformación, información imprecisa, dilaciones en la prestación del servicio y objeción de conciencia. Otras son institucionales: ‘aquí no se hacen abortos porque el jefe es objetor’. Hay falta de rutas, de protocolos [ante] objeciones de instituciones enteras. Después están las barreras de las mujeres migrantes, aunque se supone que deberían atenderlas. Y también, debido al covid, las barreras que se profundizaron y las que aparecieron, como la pérdida de intimidad para las mujeres o la imposibilidad de hacer una denuncia y obtener una cita”.
Por si no fuera suficiente, en Colombia las mujeres, adolescentes y niñas, así como los prestadores de salud, siguen siendo criminalizados por interrumpir un embarazo de forma voluntaria. Así lo revela un informe que La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres lanzará a finales de agosto, elaborado a partir de datos de la Fiscalía General de la Nación, y del que Ana Cristina adelanta:
“En Colombia la criminalización del aborto sí existe. A las mujeres se las denuncia principalmente desde las instituciones de salud; desde 1998 hay un número anual muy alto, pero a partir de 2006 la criminalización se dispara. O sea, dan las tres causales y se dedican a perseguirte incluso dentro de esas causales. Encontramos a niñas criminalizadas, cuando se supone que ese embarazo es el resultado de una violación. ¿Qué hace una niña de doce años criminalizada por aborto? La criminalización recae sobre los grupos que viven en mayor desventaja y, en este caso, las mujeres que viven en mayor desventaja son las mujeres rurales”. Agrega que el 53% de quienes sufren complicaciones por un aborto inseguro son, justamente, las mujeres que viven en entornos rurales. Son ellas, también, las que enfrentan más obstáculos al momento de buscar un aborto.
En una encuesta polimétrica realizada en abril de 2021 por la empresa consultora Cifras y Conceptos, se les preguntó a 4,867 colombianos y colombianas si estaban de acuerdo o en desacuerdo con que las mujeres que deciden interrumpir voluntariamente el embarazo fueran a la cárcel. El 40% estaba en desacuerdo, otro 40% no estaba de acuerdo ni en desacuerdo y el 20% restante estaba de acuerdo.
Si a esto se le suman las noticias falsas y los argumentos injustificados contra el aborto, la estigmatización a las mujeres que deciden abortar y el desprestigio que recae sobre algunos de los y las profesionales que realizan estos procedimientos, el panorama podría ser turbio. Pero Ana Cristina está esperanzada en que el próximo fallo de la Corte Constitucional sea a favor de la despenalización del aborto en Colombia y su esperanza se refleja en el movimiento Causa Justa, la marea verde que se levanta en el país.
Este reportaje fue actualizado el jueves 18 de noviembre de 2021, ante la inminente resolución sobre el aborto por parte de la Corte Constitucional.
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