Plataformas digitales pagarán impuestos en 2020 - Gatopardo

Plataformas digitales pagarán impuestos en 2020

Desde 2019 Uber y Airbnb participaron en el diseño de las reglas operativas con Hacienda

Tiempo de lectura: 4 minutos

Las plataformas digitales como Uber, Amazon, Netflix o Airbnb contarán en 2020 con un periodo de transición de seis meses para pagar impuestos y cumplir con las disposiciones fiscales previstas para el 1 de julio. El 28 de diciembre de 2019 el SAT publicó las primeras reglas para que las plataformas se registren como retenedores de impuestos, de acuerdo con el Paquete Económico 2020 aprobado por el Congreso.

Las disposiciones contemplan que servicios de la economía digital de transporte, envío de comida o de alojamiento temporal sean fiscalizados en el país. Actualmente plataformas como Netflix, Amazon Prime Video, Uber, Cabify o Airbnb no emiten ningún impuesto, a pesar de ser consumidos en México. Se trata de una propuesta discutida a profundidad desde la creación de estas plataformas y el inicio de sus operaciones en la Unión Europea o en América Latina. En Colombia y Chile, algunos de estos servicios sí pagan impuesto al valor agregado, con el objetivo de competir lealmente contra servicios tradicionales de transporte privado u hospedaje.

En la Ciudad de México, Airbnb recauda y entrega el impuesto sobre el hospedaje a la entidad desde junio de 2017, y hasta ahora es la única plataforma de la considerada economía digital en hacerlo a nivel local. Sin embargo, según lo establecido en el Código Fiscal de la CDMX, el impuesto recae en quienes actúan como intermediarios en la plataforma, es decir, los arrendatarios. Aunque el gobierno federal espera recaudar entre 3 mil y 3 mil 300 millones de pesos por el pago de impuestos del comercio digital para 2020, existen retos a nivel internacional y ahora nacional para que las plataformas sean fiscalizadas.

Retos 

Uno de los principales obstáculos es que las empresas de los servicios digitales no se encuentran dentro del territorio mexicano y los impuestos federales o locales no son extraterritoriales, explica para Gatopardo el contador Guillermo Mendieta González, presidente de la comisión de auditoria fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México. “Lo que pasará es que Netflix o Uber digan ‘yo ya estoy pagando mis impuestos en el país en donde tengo mi domicilio fiscal’ que es —por ejemplo— Barbados. ‘¿Por qué tengo que pagar un impuesto adicional en México, Argentina o Brasil?’. Entonces estarían pagando doble impuesto por el mismo servicio y tendrían toda la razón del mundo en reclamar”, comenta el también miembro de la asociación de asesoría fiscal, Guillermo Mendieta y Asociados.

Sin embargo las reglas publicadas por el SAT proponen que las plataformas cuenten con un representante legal en el territorio mexicano con un domicilio vigente para darse de alta.

economía digital

Actualmente plataformas como Netflix, Amazon Prime Video, Uber, Cabify o Airbnb no emiten ningún impuesto, a pesar de ser consumidos en México.

Lo que se propone es que las personas morales, residentes en México o en el extranjero, que funcionan como plataforma de intermediación, sean quienes retengan y enteren el impuesto, explica el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP). En su informe “Implicaciones del paquete económico 2020”, el CIEP indica que, respecto a los servicios digitales con descarga o acceso a imágenes, películas, texto, videos, juegos, almacenamiento de datos y enseñanza a distancia, el importador es el usuario final. “Esto presenta dificultades administrativas y altos costos de cumplimiento, por lo que se propone que sea el proveedor del servicio quien retenga y entere el IVA correspondiente”, da a conocer el informe.

El SAT dará tiempo a que las empresas se ajusten a las nuevas reglas pues las reglas publicadas incluyen requisitos mínimos, incluso para aquellas que no cuenten con establecimiento permanente en el país. Desde el segundo semestre del 2019, plataformas como Uber, Cabify, Beat y Sin Delantal participaron en un programa piloto de la Secretaría de Hacienda y el SAT con el que se diseñaron las primeras reglas operativas.

Durante la discusión del Paquete 2020 en el Congreso se propuso que, si un proveedor de servicios no se inscribe en el RFC, y por ende no cumple con estas obligaciones, se planteó una suspensión a la conexión que tenga con los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones. Aunque todavía falta ver las reglas de operación que se implementen para la recaudación de impuestos de la economía digital, Guillermo Mendieta no ve tan probable que la tasa se traduzca en un aumento de precios para el consumidor. “Pero si el impuesto al valor agregado es trasladado al consumidor final, sí habrá repercusiones en el uso de las plataformas, precios desproporcionados y posiblemente una inhibición al uso del producto por el aumento al impuesto”, agrega.

En el caso de los ingresos tributarios contemplados en el Paquete Económico propuesto para el 2020, se registra una disminución en la recaudación del IVA en comparación con lo que se reportará en 2019.  Aún con los cambios propuestos en materia tributaria y fiscal, incluyendo los gravámenes a la economía digital, no aumentarían estos ingresos de acuerdo con el CIEP. “A pesar de que en el Paquete Económico se incluyen diversas medidas para fortalecer la recaudación y combatir la evasión, estas no se ven reflejadas en los números presentados. Esto podría tener implicaciones de administración tributaria o de patrones de consumo en el país, donde el consumo se incremente en alimentos u otros bienes y servicios con tasa cero o exentos”, prevé el CIEP.

Aunque las plataformas estén reguladas por los organismos tributarios correspondientes, eso no significaría una mejora o supervisión en la seguridad o calidad de los servicios ofrecidos, como en los de transporte privado o de alojamiento. “Simplemente tiene un fin mucho más recaudatorio que otro. Si México lo aprobara, sentaría un precedente internacional y seríamos el conejillo de indias del mundo o de otros países para ver cómo se comportarían estas plataformas. También hay que ver cómo responden la parte jurídica y fiscal de las empresas”, finalizó el contador Guillermo Mendieta.

Las tasas de retención no serán las mismas para todos los servicios digitales. Por ejemplo, los servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, se les retendrá un 2 u 8 por ciento según los ingresos, de acuerdo con información de El Economista. Airbnb y otros servicios de hospedaje tendrán una retención entre el 2 y 10 por ciento según ingresos y enajenación de bienes y prestación de servicios como Amazon y Mercado Libre, la tasa será entre 0.4 por ciento y 5.41 por ciento según ingresos.


 

También te puede interesar:

Especialistas analizan la cancelación de condonaciones fiscales 

Dónde ver buen cine en línea (que no sea Netflix)

Entender el despojo en las ciudades

Síguenos en Twitter

COMPARTE
Lo más leído en Gatopardo
  • Recomendaciones Gatopardo

    Más historias que podrían interesarte.