Las nuevas restricciones al tabaco: salud y libertad en la balanza.

Las nuevas restricciones al tabaco: salud y libertad en la balanza

Más de 60 mil personas mueren al año en México a causa del tabaco y el nuevo reglamento busca reducir estos índices, pero hay un válido debate en torno a si es o no la forma más justa y eficiente de hacerlo. En este episodio analizamos ambas posturas.

Tiempo de lectura: 6 minutos

El nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco ha entrado en vigor, y las nuevas limitaciones a la publicidad de los cigarros y al consumo de tabaco en espacios públicos han generado un gran debate. Por un lado, hay quienes argumentan que el gobierno, a través de la Secretaría de Salud, se ha extralimitado en sus atribuciones al publicar un reglamento tan estricto que contraviene el derecho al desarrollo de la libre personalidad de la población; pero por el otro lado, están quienes aseguran que defender derecho a la salud del los no fumadores es una prioridad.

Si bien el tabaquismo representa una emergencia de salud pública en México, ya que mata a más de 60 mil personas cada año, colocando a las enfermedades pulmonares obstructivas crónicas en el décimo lugar entre las principales causas de muerte en el país, es innegable que los ciudadanos tienen el derecho a elegir consumir cualquier sustancia legal, así afecte su salud, mientras no se transgreda el derecho de otro individuo.

Una pregunta clave en esta discusión es si existe o no evidencia científica clara de que estas nuevas medidas verdaderamente protegerán la salud de los no fumadores y de que no hay forma de lograr esa misma protección con estrategias menos restrictivas. Cabe preguntarse también cómo se va a adaptar a este nuevo reglamento la industria restaurantera, quizás la más afectada por estas medidas, y finalmente, ¿cuál es la postura de los fumadores sobre estas nuevas reglas?

Las restricciones al consumo de tabaco tienen una corta historia en el país, comenzaron en el año 2000, cuando se decretó una modificación a la fracción II del artículo 188 de la Ley General de Salud, la cual prohibía fumar al interior de edificios públicos que fueran propiedad del Gobierno Federal. Posteriormente, en el año 2002, se ejecutó el programa de Escuelas Libres de Humo de Tabaco, que extendió la prohibición a 13,000 planteles de educación primaria y secundaria; mientras que un año después desapareció la publicidad de la industria tabacalera en radio y televisión; y, para 2004, México se convirtió en el primer país en refrendar el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), donde se comprometió a encaminarse en la lucha por una vida libre de tabaco.

Sin embargo, los cambios verdaderos y de fondo no se dieron hasta el año 2008, cuando se publicó la Ley General para el Control del Tabaco y se prohibió definitivamente fumar en espacios cerrados, además de que las campañas antitabaco cobraron mayor protagonismo. De hecho, fue en ese año cuando se acordó incorporar pictogramas y advertencias en las cajetillas de cigarros para desincentivar su consumo.

A partir de ese año, un centenar de propuestas llegaron al Congreso para actualizar la ley, pero ninguna trascendió realmente hasta la aprobada en 2021. Tuvo que pasar más de una década para que el tema volviera a tomar relevancia en la agenda pública, lo que se ha convertido en un argumento para las autoridades gubernamentales y de salud, que endurecieron el nuevo reglamento, al punto de ser más estricto que la ley de la que se desprende.

Por ejemplo, las dos principales disposiciones del nuevo reglamento son la prohibición total de cualquier forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, y una nueva lista de lugares donde ya no se permitirá fumar, tales como paraderos de transporte, parques públicos, playas, restaurantes, terrazas, patios y balcones, bares, centros de entretenimiento, etcétera; mientras que la ley solo establece que debe de haber espacios separados para fumadores y no fumadores. En ese sentido, ¿podría la Secretaría de Salud estar incurriendo en un abuso de sus facultades institucionales?

“Los reglamentos no pueden crear supuestos adicionales a los que están en la ley, pero aquí estamos frente a un caso particular, ya que es la propia ley la que habilita a la Secretaría para que emita disposiciones generales como el reglamento mismo, es decir, fueron los propios legisladores quienes decidieron que la Secretaría de Salud sí podía establecer las disposiciones generales relacionadas con los espacios 100% libres de humo de tabaco y de emisiones”, explica Javier Martín Reyes, doctor en Derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM e investigador asociado. Así que en el aspecto legal, la estructura del reglamento es perfectamente válida, sin embargo, independiente de las personas fumadoras que se verán afectadas, hay un par de sectores más que apelarán contra él: comerciantes y restauranteros que ya comenzaron una batalla legal en todo el país. Tan solo en Nuevo Léon, siete mil restaurantes han presentado ya una demanda en contra, argumentando que, de acatar estas medidas, sus ventas podrían disminuir entre 20 y 30%, según datos de Daniel García, presidente de la Cámara de Restaurantes en el Estado. Sin embargo, el abogado Javier Martin Reyes, explica que el espectro económico o comercial tiene muy poco peso frente al de salud, por lo que en los tribunales podrían no lograr debilitar las implicaciones del reglamento. Esto no quiere decir que no se puedan ganar amparos con argumentos comerciales o económicos, solamente que en estos casos es mucho más complicado.

Independientemente de ese punto, sí existe otro buen argumento al que se podría apelar y que se refiere al conflicto entre derechos que esta ley plantea, ya que al proteger a unos, se están limitando los derechos de otros, en este caso, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, gracias al cual se ha avanzado en temas como la legalización de la marihuana y la identidad de género. Y si del otro lado de la balanza está el derecho a la salud de las personas no fumadoras, entonces lo que se tiene que ponderar es si los beneficios de la restricción son suficientes para justificarla, y para determinar eso las autoridades están obligadas a demostrar con evidencia que los beneficios superan las pérdidas por violaciones de derechos. Por otro lado, tanto quienes defienden los derechos comerciales, como quienes defienden la libertad de fumar, tendrían que demostrar que el reglamento no cumplió con estos criterios.

Gady Zabicky, Comisionado Nacional contra las Adicciones, explica la postura gubernamental detrás de esta ley y su nuevo reglamento, que tiene un origen tanto político como de salud.“Dentro de la transformación de este gobierno, en la Secretaría de Salud nos toca, de manera muy particular, tratar de sacar muchos de los intereses comerciales y privados que se cruzan con sus funciones y como parte de esa revisión, nos dimos cuenta que se había dejado atrás el seguimiento al Convenio Marco para el Control de Tabaco”, explica,

Pero si diversos expertos han asegurado que existen vías menos radicales para atacar el problema, tales como aumentar aún más los impuestos a estos productos o aumentar las campañas informativas sobre los riesgos que implica fumar, ¿por qué se ha optado por un reglamento así?

“En este momento no estamos prohibiendo, ni la venta, ni el consumo de tabaco; la gente va a poder fumar en la mayor parte de la vía pública, en sus casas también, entonces no estamos castigando la conducta, ni estamos prohibiendo el producto. Lo que queremos hacer es restringirlo de tal manera que realmente no haya una afectación a terceros”, añade Zabicky. “El consumo de segunda mano es realmente nocivo. Cuando tú vas a un hospital donde hay pacientes que tienen cáncer de pulmón, 90% de ellos son fumadores y el 10% restante son las esposas, los hijos y los padres de esas personas”.

Recientemente la lucha contra el tabaquismo ha tomado más fuerza a nivel mundial, de hecho, las nuevas limitaciones mexicanas aún son mínimas en comparación con lo que se ha implementado en otras partes del mundo. El Índice Global de Políticas Efectivas Anti-Tabaquismo señala que países como Suecia, Irlanda, Reino Unido y Francia tienen las medidas más restrictivas en contra del cigarro, y están muy por encima de las que se han logrado establecer en América Latina.

La comunidad científica internacional coincide en que es un hecho irrefutable que el humo del cigarrillo afecta nocivamente a terceros, principalmente a las personas que conviven diariamente con un fumador en sus hogares u oficinas, es decir, en espacios cerrados, pero sobre lo que sucede en espacios abiertos las investigaciones aún son ambiguas.

“Seguramente no existe un artículo científico que nos diga ‘a más de tres metros de distancia, con el viento norte a 30 nudos, se disipa el humo lo suficiente como para que no haya ninguna afección’, supongo que en algún momento tendremos que hacer un estudio así, pero lo que queremos ahora es que esto se limite en el colectivo urbano”, explica el doctor Zabicky. “En México nada más el 12.7% de la población se refiere a sí misma como fumadora, entonces no estamos afectando a la mayoría, solo a un pedazo muy chico de la población”.

Otro punto a considerar es que la implementación de este reglamento podría también detonar nuevos problemas. “Si se encuentra una persona consumiendo en los lugares donde no está permitido hacerlo, habrán multas de hasta 10 mil pesos y las multas monetarias siempre abren la puerta a la corrupción o extorsión por parte de la autoridad, y a la aplicación discriminatoria y discrecional del reglamento, contribuyendo a la desigualdad de la aplicación de leyes como estas”, explica Zara Snapp, cofundadora del Instituto RIA, dedicado a impulsar políticas de drogas basadas en la justicia social.

Finalmente, cabe preguntarse, ¿qué alternativa podría plantearse a estas medidas si es que realmente son excesivas?

En 2020 el Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, junto con la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), publicaron una investigación que revela que aumentar el IEPS, el impuesto especial aplicado a productos dañinos por su producción e importación, y destinarlo a campañas sociales para disminuir la pobreza alimentaria, campañas antitabaco y al sector salud en general, podría atacar de manera eficiente el problema, sin limitar las libertades de los individuos. Cabe mencionar que actualmente la recaudación del IEPS que grava el cigarro se destina a un fondo común sin un fin en específico. Además, en México el decil más rico consume cuatro veces más cigarrillos que el decil más pobre, por lo que el aumento de costos recaería en la población de mayores ingresos.

Sin duda, este debate seguirá generando polémica y en Semanario Gatopardo lo seguiremos de cerca para mantenerte informado.

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