¿Qué dice el "decreto de AMLO" que pone en riesgo al medio ambiente?

El acuerdo de AMLO: fast-track contra el ambiente

El acuerdo que publicó el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación intenta esquivar todas las leyes federales que establecen procesos y dictámenes de evaluación para resguardar el medio ambiente, las cuencas de agua e incluso las zonas arqueológicas ante la construcción apresurada e indebida de obra pública.

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Propiamente, el decreto de AMLO es, en realidad, un acuerdo que se publicó ayer, 22 de noviembre, en el Diario Oficial de la Federación y tiene varias consecuencias que dañarían el medio ambiente. En caso de que se mantenga, pondrá en riesgo la disponibilidad de agua, lo que tendría un efecto directo y devastador para los habitantes de las zonas donde se construya obra pública o infraestructura. También impediría que se preserven bosques, manglares y selvas, y que se conserve la fauna que resguardan esos y otros ecosistemas. Incluso supone un riesgo grave para el patrimonio histórico y cultural de México.

Todas estas razones sustentan la preocupación general con la que se recibió el acuerdo. Quizá los defensores del gobierno actual dirán que el acuerdo no sólo es perfectamente legal, sino que además es necesario para “agilizar trámites”, hacerlos “más expeditos” y que “no detengan” la obra pública, siguiendo la línea de defensa que marcó el presidente López Obrador en la mañanera. Lo primero, la legalidad del acuerdo, sin duda terminará litigándose en los tribunales. Sin embargo, es sorprendente que –desde los considerandos– se pretenda establecer este acto como uno imperativo, necesario o urgente: la intención del presidente es convencernos de que este acuerdo protegerá el interés público; si ese es el objetivo, este acuerdo conseguiría todo lo contrario.

Para explicar las consecuencias del acuerdo –en términos estrictos no se le puede llamar un decreto de AMLO–, primero hay que considerar cuál es su alcance. En suma, le instruye a todas las secretarías, entidades y dependencias de la Administración Pública Federal a que –en un plazo máximo de cinco días hábiles– emitan “autorizaciones provisionales” para que cualquier obra pública o proyecto de infraestructura que emprenda el gobierno federal pueda comenzar sin interrupción alguna. En otras palabras, cualquier trabajo de construcción que el presidente considere necesario para sus proyectos podrá iniciar sin que cuente con las autorizaciones de las autoridades federales competentes. Como sucede con cualquier acto, al acuerdo no se le pueden dar efectos retroactivos: su alcance no puede abarcar proyectos anteriores como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Tren Maya –aunque el presidente se refirió a ambos esta mañana–. Sin embargo, desde ahora y en el futuro sí podría utilizarse para “saltar” los procesos aplicables conforme a la ley.

La justificación que el presidente cita es que el artículo 26 constitucional faculta al Estado para “[organizar] un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía y la democratización política, social y cultural de la nación”. El problema de esta justificación –haríamos bien en recordarlo– es que los artículos de la Constitución mexicana nunca deben leerse de forma aislada; por el contrario, siempre deben interpretarse en congruencia con otros. Así, vale la pena volver un paso atrás, al artículo 25 constitucional, porque establece que al Estado no sólo le corresponde la rectoría del desarrollo nacional, sino que también debe garantizar que ese desarrollo sea sustentable, es decir, debe velar por la conservación de los recursos y el medio ambiente. Este artículo y el 4º constitucional, que marca la obligación del Estado de garantizar el derecho de las personas a un medio ambiente sano, son sólo algunas de las muchas pistas que tenemos para predecir que la constitucionalidad del acuerdo –del mal llamado decreto de AMLO– probablemente no se sostendrá en los tribunales.

Más allá de este ejercicio argumentativo, me interesa dialogar con quienes hoy defienden esta decisión presidencial, con quienes creen que la obligación de obtener autorizaciones, licencias y dictámenes antes de la construcción de cualquier obra pública constituye un freno al desarrollo económico de México. Para empezar ese diálogo, podemos imaginar que dicho freno no existe. Tal y como dice este acuerdo, supongamos que ninguna obra de infraestructura pública requiere permisos o dictámenes de las autoridades competentes. ¿Qué podría suceder? A continuación, tres ejemplos.

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