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Matrimonio igualitario en Yucatán, al fin

Matrimonio igualitario en Yucatán, al fin

Texto de
Fotografía de
Realización de
Ilustración de
Traducción de
26
.
08
.
21
AAAA
Tiempo de Lectura: 00 min

Esta crónica puntual registra cada paso de la lucha de activistas y organizaciones por la aprobación del matrimonio igualitario; también consigna los obstáculos que levantaron los grupos antiderechos y los diputados locales. Sin embargo, pese a todo, Yucatán terminó por reconocer la diversidad.

Con veinte votos a favor y cinco votos en contra, se aprobó en el Congreso de Yucatán el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego de más de veinte años de lucha por la protección legal de todas las formas de la familia, los obstáculos que impedían imaginar este día desaparecieron. Hemos leído noticias similares en otros estados del país –ya 21 entidades federativas lo permiten–, sin embargo, el caso yucateco tiene características diferenciadas que se deben tener en cuenta.

En 2008 ciertos grupos vinculados con sectores religiosos, dentro de la Red Pro Yucatán (sic), iniciaron una recolecta de firmas en favor de una iniciativa ciudadana que impidiese el matrimonio igualitario. En ese entonces el Código Civil de la entidad restringía las uniones civiles a “un hombre y una mujer”, pero la apuesta de esos grupos era elevar la prohibición a rango constitucional para obstaculizar cualquier intento de reconocer a las parejas de personas del mismo sexo, tal y como se había logrado recientemente en la Ciudad de México y otros estados.

El resultado: la iniciativa ciudadana contra el matrimonio igualitario se aprobó por unanimidad. Desde entonces, el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que “[e]l matrimonio es una institución por medio de l[a] cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.

Posteriormente, en el año 2012, todas las disposiciones sobre la familia se extrajeron del Código Civil para conformar lo que sería el Código de Familia de Yucatán; incluyó el artículo 49, que reiteraba la definición heterosexual del matrimonio.

Así, la posibilidad del reconocimiento de derechos a la diversidad sexual se cerró con dos candados: uno a nivel constitucional y otro en la legislación secundaria.

Las batallas por revertir la situación

A partir de ese momento, distintos activistas y organizaciones de Yucatán han emprendido esfuerzos para lograr el matrimonio igualitario. En el año 2012 se ganaron los primeros amparos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad. Estos litigios, liderados por el Equipo Indignación A.C. y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), abrieron la vía judicial del amparo para acceder a la protección legal. Sin embargo, las sentencias de amparo solo tienen efectos para quienes las firman, por lo que tendría que haber un juicio por cada pareja de contrayentes. Con todo, para mediados de 2013 se llegó a la cifra de cien matrimonios diversos contraídos gracias esta vía.

La lucha, sin embargo, no se quedó en los amparos. En 2014 el Equipo Indignación A.C., el Albergue Oasis San Juan de Dios y UNASSE presentaron una demanda de acción contra la omisión legislativa del Congreso de Yucatán. Se trata de un mecanismo local que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán que le exigiera al Congreso del estado emitir una legislación, a lo cual está obligado constitucionalmente. Las organizaciones argumentaron que si bien el artículo 94 de la Constitución yucateca decía que el matrimonio ocurre solo entre “un hombre y una mujer”, también señalaba que todas las familias debían ser protegidas por la legislación; además, definía a la familia de forma tan amplia que abarcaba a las compuestas por personas del mismo sexo; por último, acusaron que el artículo 94 era inconstitucional por ir en contra de la Constitución Federal.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán desechó la acción. Así, el matrimonio igualitario en Yucatán quedó restringido únicamente a quienes podían pagar los servicios jurídicos para llevar su juicio de amparo.

El inicio del fin del apartheid matrimonial

Pasaron cinco años hasta que, en abril de 2019 el pleno del Congreso de Yucatán rechazó una iniciativa de reforma a la Constitución local para permitir el matrimonio igualitario, presentada por el entonces gobernador Rolando Zapata Bello como parte de un paquete de reformas sugeridas por algunas asociaciones de mujeres para garantizar la igualdad de género. Si bien la iniciativa tenía el propósito de reformar la Constitución, en sus artículos transitorios también ordenaba que se adecuara la legislación del Código de Familia, por lo que pretendía ser una reforma integral que resolviera el problema.

Al momento de votarla en el pleno, el diputado Enrique Castillo Ruiz, entonces presidente de la mesa directiva, ordenó que la votación se hiciera por medio de cédulas; esto implica que cada voto se haga en una hoja, se doble y se deposite en una mampara, sin que se pueda saber en qué sentido votó cada diputado. Sin embargo, el mecanismo no está permitido en la Ley de Gobierno del Congreso del Estado de Yucatán.

La iniciativa volvió a comisiones y regresó al pleno en julio de 2019, pero la mayoría nuevamente la rechazó. Durante la sesión, las diputadas Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié le hicieron saber a Enrique Castillo Ruiz que la votación por medio de cédulas está prohibida. Aun así, con presión de las bancadas del PRI y el PAN, Castillo Ruiz volvió a imponerla.

Los dos eventos, claramente relacionados, llevaron a que el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) presentara cuatro demandas de amparo. La primera fue en contra del fondo del asunto: se argumentó que, debido a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso yucateco debió haber aprobado la iniciativa.

Los tres amparos restantes se presentaron en contra de la votación mediante cédulas –y, por lo tanto, secreta–; estos se hicieron en compañía de la organización Article 19 México y Centroamérica: uno se presentó contra la votación de abril; otro, contra la de julio y lo firmaron personas LGBT+; el tercero, también contra la votación de julio, lo firmó el Colectivo PTFY, el Equipo Indignación A.C. y UNASSE.

No todos los casos se resuelven por la Suprema Corte (SCJN), solo aquellos, inéditos, que puedan dejar precedentes o si los asuntos son de gran trascendencia pública. La SCJN atrajo tanto el amparo contra el fondo como un par de los amparos contra la votación secreta.

El pasado 18 de agosto, la primera sala de la SCJN resolvió los dos últimos: declaró que la votación fue inconstitucional debido a que violó los derechos de la ciudadanía a informarse sobre las decisiones de sus autoridades. En otras palabras, reconoció que el derecho a conocer el sentido del voto de las y los legisladores es esencial para poder evaluar la función que realizan e incluso para decidir en los procesos electorales. De este modo, concedió el amparo en ambos casos, con el efecto de que se repitiera la votación sin insistir en la votación por cédulas.

Reparar el daño de último minuto

Mientras la SCJN decidía los amparos, sesionaba la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de Yucatán; este es el paso previo al voto de las iniciativas en el pleno. De forma unánime, decidieron que una nueva iniciativa de matrimonio igualitario, que presentó la diputada Milagros Romero Bastarrachea, se sometiera a votación general.

La maniobra fue interpretada por muchos activistas y ciudadanos como una táctica para dejar sin materia el juicio que quedaba pendiente, el de fondo, pues su resolución, en el pleno de la SCJN, podía ordenar directamente la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán. Por si fuera poco, esto ocurrió a menos de quince días de que la legislatura actual terminara su periodo.

Finalmente, este 25 de agosto de 2021, en sesión del pleno, por medio de una votación abierta y transparente, se aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán, ocho días antes de que las y los diputados que cometieron las arbitrariedades del 2019 dejaran sus funciones.

Si bien se reformó ya la Constitución yucateca, quedan pendientes dos pasos para que el matrimonio igualitario sea una realidad: el primero es que el gobernador Mauricio Vila Dosal publique la reforma en el Diario Oficial del Estado de Yucatán para que entre en vigor; el segundo es que el Congreso modifique el Código de Familia en menos de 180 días.

Además, queda pendiente saber si el Registro Civil de Yucatán comenzará a tramitar matrimonios de personas del mismo sexo a partir de la publicación de la reforma –en virtud de la supremacía constitucional sobre los Códigos de Familia– o si se esperará hasta las adecuaciones secundarias.

La victoria más allá del matrimonio

Después de poco más de veinte años de lucha, la comunidad LGBT+ en Yucatán al fin vio el matrimonio igualitario hecho realidad. No fue lo único que se obtuvo. En cada punto mediático de esta historia se generó un debate público, tanto en los medios de comunicación como en las mesas familiares. Este proceso dialéctico permitió, poco a poco, que la sociedad meridana –que concentra estadísticamente el mayor porcentaje de rechazo al matrimonio igualitario y tiene mayor incidencia en el Congreso local– se abriese al reconocimiento de la diversidad que siempre ha existido.

La lucha también dio pie a la organización y movilización. No solo fueron personas homosexuales, lesbianas y bisexuales apostando por la causa; personas trans, asexuales, pansexuales y demás letras de la diversidad se unieron y la hicieron suya. Los debates no se limitaron a exigir una figura jurídica de protección, sino que se extendieron al reconocimiento de la valía que por mucho tiempo se les ha negado.

Más allá de los pasos legales pendientes para concluir este capítulo en el tejido de la dignidad, el matrimonio igualitario es ya un hecho inminente que abre la puerta a una sociedad más justa. Finalmente, se vencieron los candados constitucionales que los grupos antiderechos colocaron desde 2008.

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Esta crónica puntual registra cada paso de la lucha de activistas y organizaciones por la aprobación del matrimonio igualitario; también consigna los obstáculos que levantaron los grupos antiderechos y los diputados locales. Sin embargo, pese a todo, Yucatán terminó por reconocer la diversidad.

Con veinte votos a favor y cinco votos en contra, se aprobó en el Congreso de Yucatán el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego de más de veinte años de lucha por la protección legal de todas las formas de la familia, los obstáculos que impedían imaginar este día desaparecieron. Hemos leído noticias similares en otros estados del país –ya 21 entidades federativas lo permiten–, sin embargo, el caso yucateco tiene características diferenciadas que se deben tener en cuenta.

En 2008 ciertos grupos vinculados con sectores religiosos, dentro de la Red Pro Yucatán (sic), iniciaron una recolecta de firmas en favor de una iniciativa ciudadana que impidiese el matrimonio igualitario. En ese entonces el Código Civil de la entidad restringía las uniones civiles a “un hombre y una mujer”, pero la apuesta de esos grupos era elevar la prohibición a rango constitucional para obstaculizar cualquier intento de reconocer a las parejas de personas del mismo sexo, tal y como se había logrado recientemente en la Ciudad de México y otros estados.

El resultado: la iniciativa ciudadana contra el matrimonio igualitario se aprobó por unanimidad. Desde entonces, el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que “[e]l matrimonio es una institución por medio de l[a] cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.

Posteriormente, en el año 2012, todas las disposiciones sobre la familia se extrajeron del Código Civil para conformar lo que sería el Código de Familia de Yucatán; incluyó el artículo 49, que reiteraba la definición heterosexual del matrimonio.

Así, la posibilidad del reconocimiento de derechos a la diversidad sexual se cerró con dos candados: uno a nivel constitucional y otro en la legislación secundaria.

Las batallas por revertir la situación

A partir de ese momento, distintos activistas y organizaciones de Yucatán han emprendido esfuerzos para lograr el matrimonio igualitario. En el año 2012 se ganaron los primeros amparos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad. Estos litigios, liderados por el Equipo Indignación A.C. y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), abrieron la vía judicial del amparo para acceder a la protección legal. Sin embargo, las sentencias de amparo solo tienen efectos para quienes las firman, por lo que tendría que haber un juicio por cada pareja de contrayentes. Con todo, para mediados de 2013 se llegó a la cifra de cien matrimonios diversos contraídos gracias esta vía.

La lucha, sin embargo, no se quedó en los amparos. En 2014 el Equipo Indignación A.C., el Albergue Oasis San Juan de Dios y UNASSE presentaron una demanda de acción contra la omisión legislativa del Congreso de Yucatán. Se trata de un mecanismo local que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán que le exigiera al Congreso del estado emitir una legislación, a lo cual está obligado constitucionalmente. Las organizaciones argumentaron que si bien el artículo 94 de la Constitución yucateca decía que el matrimonio ocurre solo entre “un hombre y una mujer”, también señalaba que todas las familias debían ser protegidas por la legislación; además, definía a la familia de forma tan amplia que abarcaba a las compuestas por personas del mismo sexo; por último, acusaron que el artículo 94 era inconstitucional por ir en contra de la Constitución Federal.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán desechó la acción. Así, el matrimonio igualitario en Yucatán quedó restringido únicamente a quienes podían pagar los servicios jurídicos para llevar su juicio de amparo.

El inicio del fin del apartheid matrimonial

Pasaron cinco años hasta que, en abril de 2019 el pleno del Congreso de Yucatán rechazó una iniciativa de reforma a la Constitución local para permitir el matrimonio igualitario, presentada por el entonces gobernador Rolando Zapata Bello como parte de un paquete de reformas sugeridas por algunas asociaciones de mujeres para garantizar la igualdad de género. Si bien la iniciativa tenía el propósito de reformar la Constitución, en sus artículos transitorios también ordenaba que se adecuara la legislación del Código de Familia, por lo que pretendía ser una reforma integral que resolviera el problema.

Al momento de votarla en el pleno, el diputado Enrique Castillo Ruiz, entonces presidente de la mesa directiva, ordenó que la votación se hiciera por medio de cédulas; esto implica que cada voto se haga en una hoja, se doble y se deposite en una mampara, sin que se pueda saber en qué sentido votó cada diputado. Sin embargo, el mecanismo no está permitido en la Ley de Gobierno del Congreso del Estado de Yucatán.

La iniciativa volvió a comisiones y regresó al pleno en julio de 2019, pero la mayoría nuevamente la rechazó. Durante la sesión, las diputadas Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié le hicieron saber a Enrique Castillo Ruiz que la votación por medio de cédulas está prohibida. Aun así, con presión de las bancadas del PRI y el PAN, Castillo Ruiz volvió a imponerla.

Los dos eventos, claramente relacionados, llevaron a que el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) presentara cuatro demandas de amparo. La primera fue en contra del fondo del asunto: se argumentó que, debido a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso yucateco debió haber aprobado la iniciativa.

Los tres amparos restantes se presentaron en contra de la votación mediante cédulas –y, por lo tanto, secreta–; estos se hicieron en compañía de la organización Article 19 México y Centroamérica: uno se presentó contra la votación de abril; otro, contra la de julio y lo firmaron personas LGBT+; el tercero, también contra la votación de julio, lo firmó el Colectivo PTFY, el Equipo Indignación A.C. y UNASSE.

No todos los casos se resuelven por la Suprema Corte (SCJN), solo aquellos, inéditos, que puedan dejar precedentes o si los asuntos son de gran trascendencia pública. La SCJN atrajo tanto el amparo contra el fondo como un par de los amparos contra la votación secreta.

El pasado 18 de agosto, la primera sala de la SCJN resolvió los dos últimos: declaró que la votación fue inconstitucional debido a que violó los derechos de la ciudadanía a informarse sobre las decisiones de sus autoridades. En otras palabras, reconoció que el derecho a conocer el sentido del voto de las y los legisladores es esencial para poder evaluar la función que realizan e incluso para decidir en los procesos electorales. De este modo, concedió el amparo en ambos casos, con el efecto de que se repitiera la votación sin insistir en la votación por cédulas.

Reparar el daño de último minuto

Mientras la SCJN decidía los amparos, sesionaba la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de Yucatán; este es el paso previo al voto de las iniciativas en el pleno. De forma unánime, decidieron que una nueva iniciativa de matrimonio igualitario, que presentó la diputada Milagros Romero Bastarrachea, se sometiera a votación general.

La maniobra fue interpretada por muchos activistas y ciudadanos como una táctica para dejar sin materia el juicio que quedaba pendiente, el de fondo, pues su resolución, en el pleno de la SCJN, podía ordenar directamente la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán. Por si fuera poco, esto ocurrió a menos de quince días de que la legislatura actual terminara su periodo.

Finalmente, este 25 de agosto de 2021, en sesión del pleno, por medio de una votación abierta y transparente, se aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán, ocho días antes de que las y los diputados que cometieron las arbitrariedades del 2019 dejaran sus funciones.

Si bien se reformó ya la Constitución yucateca, quedan pendientes dos pasos para que el matrimonio igualitario sea una realidad: el primero es que el gobernador Mauricio Vila Dosal publique la reforma en el Diario Oficial del Estado de Yucatán para que entre en vigor; el segundo es que el Congreso modifique el Código de Familia en menos de 180 días.

Además, queda pendiente saber si el Registro Civil de Yucatán comenzará a tramitar matrimonios de personas del mismo sexo a partir de la publicación de la reforma –en virtud de la supremacía constitucional sobre los Códigos de Familia– o si se esperará hasta las adecuaciones secundarias.

La victoria más allá del matrimonio

Después de poco más de veinte años de lucha, la comunidad LGBT+ en Yucatán al fin vio el matrimonio igualitario hecho realidad. No fue lo único que se obtuvo. En cada punto mediático de esta historia se generó un debate público, tanto en los medios de comunicación como en las mesas familiares. Este proceso dialéctico permitió, poco a poco, que la sociedad meridana –que concentra estadísticamente el mayor porcentaje de rechazo al matrimonio igualitario y tiene mayor incidencia en el Congreso local– se abriese al reconocimiento de la diversidad que siempre ha existido.

La lucha también dio pie a la organización y movilización. No solo fueron personas homosexuales, lesbianas y bisexuales apostando por la causa; personas trans, asexuales, pansexuales y demás letras de la diversidad se unieron y la hicieron suya. Los debates no se limitaron a exigir una figura jurídica de protección, sino que se extendieron al reconocimiento de la valía que por mucho tiempo se les ha negado.

Más allá de los pasos legales pendientes para concluir este capítulo en el tejido de la dignidad, el matrimonio igualitario es ya un hecho inminente que abre la puerta a una sociedad más justa. Finalmente, se vencieron los candados constitucionales que los grupos antiderechos colocaron desde 2008.

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Esta crónica puntual registra cada paso de la lucha de activistas y organizaciones por la aprobación del matrimonio igualitario; también consigna los obstáculos que levantaron los grupos antiderechos y los diputados locales. Sin embargo, pese a todo, Yucatán terminó por reconocer la diversidad.

Con veinte votos a favor y cinco votos en contra, se aprobó en el Congreso de Yucatán el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego de más de veinte años de lucha por la protección legal de todas las formas de la familia, los obstáculos que impedían imaginar este día desaparecieron. Hemos leído noticias similares en otros estados del país –ya 21 entidades federativas lo permiten–, sin embargo, el caso yucateco tiene características diferenciadas que se deben tener en cuenta.

En 2008 ciertos grupos vinculados con sectores religiosos, dentro de la Red Pro Yucatán (sic), iniciaron una recolecta de firmas en favor de una iniciativa ciudadana que impidiese el matrimonio igualitario. En ese entonces el Código Civil de la entidad restringía las uniones civiles a “un hombre y una mujer”, pero la apuesta de esos grupos era elevar la prohibición a rango constitucional para obstaculizar cualquier intento de reconocer a las parejas de personas del mismo sexo, tal y como se había logrado recientemente en la Ciudad de México y otros estados.

El resultado: la iniciativa ciudadana contra el matrimonio igualitario se aprobó por unanimidad. Desde entonces, el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que “[e]l matrimonio es una institución por medio de l[a] cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.

Posteriormente, en el año 2012, todas las disposiciones sobre la familia se extrajeron del Código Civil para conformar lo que sería el Código de Familia de Yucatán; incluyó el artículo 49, que reiteraba la definición heterosexual del matrimonio.

Así, la posibilidad del reconocimiento de derechos a la diversidad sexual se cerró con dos candados: uno a nivel constitucional y otro en la legislación secundaria.

Las batallas por revertir la situación

A partir de ese momento, distintos activistas y organizaciones de Yucatán han emprendido esfuerzos para lograr el matrimonio igualitario. En el año 2012 se ganaron los primeros amparos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad. Estos litigios, liderados por el Equipo Indignación A.C. y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), abrieron la vía judicial del amparo para acceder a la protección legal. Sin embargo, las sentencias de amparo solo tienen efectos para quienes las firman, por lo que tendría que haber un juicio por cada pareja de contrayentes. Con todo, para mediados de 2013 se llegó a la cifra de cien matrimonios diversos contraídos gracias esta vía.

La lucha, sin embargo, no se quedó en los amparos. En 2014 el Equipo Indignación A.C., el Albergue Oasis San Juan de Dios y UNASSE presentaron una demanda de acción contra la omisión legislativa del Congreso de Yucatán. Se trata de un mecanismo local que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán que le exigiera al Congreso del estado emitir una legislación, a lo cual está obligado constitucionalmente. Las organizaciones argumentaron que si bien el artículo 94 de la Constitución yucateca decía que el matrimonio ocurre solo entre “un hombre y una mujer”, también señalaba que todas las familias debían ser protegidas por la legislación; además, definía a la familia de forma tan amplia que abarcaba a las compuestas por personas del mismo sexo; por último, acusaron que el artículo 94 era inconstitucional por ir en contra de la Constitución Federal.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán desechó la acción. Así, el matrimonio igualitario en Yucatán quedó restringido únicamente a quienes podían pagar los servicios jurídicos para llevar su juicio de amparo.

El inicio del fin del apartheid matrimonial

Pasaron cinco años hasta que, en abril de 2019 el pleno del Congreso de Yucatán rechazó una iniciativa de reforma a la Constitución local para permitir el matrimonio igualitario, presentada por el entonces gobernador Rolando Zapata Bello como parte de un paquete de reformas sugeridas por algunas asociaciones de mujeres para garantizar la igualdad de género. Si bien la iniciativa tenía el propósito de reformar la Constitución, en sus artículos transitorios también ordenaba que se adecuara la legislación del Código de Familia, por lo que pretendía ser una reforma integral que resolviera el problema.

Al momento de votarla en el pleno, el diputado Enrique Castillo Ruiz, entonces presidente de la mesa directiva, ordenó que la votación se hiciera por medio de cédulas; esto implica que cada voto se haga en una hoja, se doble y se deposite en una mampara, sin que se pueda saber en qué sentido votó cada diputado. Sin embargo, el mecanismo no está permitido en la Ley de Gobierno del Congreso del Estado de Yucatán.

La iniciativa volvió a comisiones y regresó al pleno en julio de 2019, pero la mayoría nuevamente la rechazó. Durante la sesión, las diputadas Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié le hicieron saber a Enrique Castillo Ruiz que la votación por medio de cédulas está prohibida. Aun así, con presión de las bancadas del PRI y el PAN, Castillo Ruiz volvió a imponerla.

Los dos eventos, claramente relacionados, llevaron a que el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) presentara cuatro demandas de amparo. La primera fue en contra del fondo del asunto: se argumentó que, debido a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso yucateco debió haber aprobado la iniciativa.

Los tres amparos restantes se presentaron en contra de la votación mediante cédulas –y, por lo tanto, secreta–; estos se hicieron en compañía de la organización Article 19 México y Centroamérica: uno se presentó contra la votación de abril; otro, contra la de julio y lo firmaron personas LGBT+; el tercero, también contra la votación de julio, lo firmó el Colectivo PTFY, el Equipo Indignación A.C. y UNASSE.

No todos los casos se resuelven por la Suprema Corte (SCJN), solo aquellos, inéditos, que puedan dejar precedentes o si los asuntos son de gran trascendencia pública. La SCJN atrajo tanto el amparo contra el fondo como un par de los amparos contra la votación secreta.

El pasado 18 de agosto, la primera sala de la SCJN resolvió los dos últimos: declaró que la votación fue inconstitucional debido a que violó los derechos de la ciudadanía a informarse sobre las decisiones de sus autoridades. En otras palabras, reconoció que el derecho a conocer el sentido del voto de las y los legisladores es esencial para poder evaluar la función que realizan e incluso para decidir en los procesos electorales. De este modo, concedió el amparo en ambos casos, con el efecto de que se repitiera la votación sin insistir en la votación por cédulas.

Reparar el daño de último minuto

Mientras la SCJN decidía los amparos, sesionaba la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de Yucatán; este es el paso previo al voto de las iniciativas en el pleno. De forma unánime, decidieron que una nueva iniciativa de matrimonio igualitario, que presentó la diputada Milagros Romero Bastarrachea, se sometiera a votación general.

La maniobra fue interpretada por muchos activistas y ciudadanos como una táctica para dejar sin materia el juicio que quedaba pendiente, el de fondo, pues su resolución, en el pleno de la SCJN, podía ordenar directamente la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán. Por si fuera poco, esto ocurrió a menos de quince días de que la legislatura actual terminara su periodo.

Finalmente, este 25 de agosto de 2021, en sesión del pleno, por medio de una votación abierta y transparente, se aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán, ocho días antes de que las y los diputados que cometieron las arbitrariedades del 2019 dejaran sus funciones.

Si bien se reformó ya la Constitución yucateca, quedan pendientes dos pasos para que el matrimonio igualitario sea una realidad: el primero es que el gobernador Mauricio Vila Dosal publique la reforma en el Diario Oficial del Estado de Yucatán para que entre en vigor; el segundo es que el Congreso modifique el Código de Familia en menos de 180 días.

Además, queda pendiente saber si el Registro Civil de Yucatán comenzará a tramitar matrimonios de personas del mismo sexo a partir de la publicación de la reforma –en virtud de la supremacía constitucional sobre los Códigos de Familia– o si se esperará hasta las adecuaciones secundarias.

La victoria más allá del matrimonio

Después de poco más de veinte años de lucha, la comunidad LGBT+ en Yucatán al fin vio el matrimonio igualitario hecho realidad. No fue lo único que se obtuvo. En cada punto mediático de esta historia se generó un debate público, tanto en los medios de comunicación como en las mesas familiares. Este proceso dialéctico permitió, poco a poco, que la sociedad meridana –que concentra estadísticamente el mayor porcentaje de rechazo al matrimonio igualitario y tiene mayor incidencia en el Congreso local– se abriese al reconocimiento de la diversidad que siempre ha existido.

La lucha también dio pie a la organización y movilización. No solo fueron personas homosexuales, lesbianas y bisexuales apostando por la causa; personas trans, asexuales, pansexuales y demás letras de la diversidad se unieron y la hicieron suya. Los debates no se limitaron a exigir una figura jurídica de protección, sino que se extendieron al reconocimiento de la valía que por mucho tiempo se les ha negado.

Más allá de los pasos legales pendientes para concluir este capítulo en el tejido de la dignidad, el matrimonio igualitario es ya un hecho inminente que abre la puerta a una sociedad más justa. Finalmente, se vencieron los candados constitucionales que los grupos antiderechos colocaron desde 2008.

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Con veinte votos a favor y cinco votos en contra, se aprobó en el Congreso de Yucatán el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego de más de veinte años de lucha por la protección legal de todas las formas de la familia, los obstáculos que impedían imaginar este día desaparecieron. Hemos leído noticias similares en otros estados del país –ya 21 entidades federativas lo permiten–, sin embargo, el caso yucateco tiene características diferenciadas que se deben tener en cuenta.

En 2008 ciertos grupos vinculados con sectores religiosos, dentro de la Red Pro Yucatán (sic), iniciaron una recolecta de firmas en favor de una iniciativa ciudadana que impidiese el matrimonio igualitario. En ese entonces el Código Civil de la entidad restringía las uniones civiles a “un hombre y una mujer”, pero la apuesta de esos grupos era elevar la prohibición a rango constitucional para obstaculizar cualquier intento de reconocer a las parejas de personas del mismo sexo, tal y como se había logrado recientemente en la Ciudad de México y otros estados.

El resultado: la iniciativa ciudadana contra el matrimonio igualitario se aprobó por unanimidad. Desde entonces, el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que “[e]l matrimonio es una institución por medio de l[a] cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.

Posteriormente, en el año 2012, todas las disposiciones sobre la familia se extrajeron del Código Civil para conformar lo que sería el Código de Familia de Yucatán; incluyó el artículo 49, que reiteraba la definición heterosexual del matrimonio.

Así, la posibilidad del reconocimiento de derechos a la diversidad sexual se cerró con dos candados: uno a nivel constitucional y otro en la legislación secundaria.

Las batallas por revertir la situación

A partir de ese momento, distintos activistas y organizaciones de Yucatán han emprendido esfuerzos para lograr el matrimonio igualitario. En el año 2012 se ganaron los primeros amparos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad. Estos litigios, liderados por el Equipo Indignación A.C. y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), abrieron la vía judicial del amparo para acceder a la protección legal. Sin embargo, las sentencias de amparo solo tienen efectos para quienes las firman, por lo que tendría que haber un juicio por cada pareja de contrayentes. Con todo, para mediados de 2013 se llegó a la cifra de cien matrimonios diversos contraídos gracias esta vía.

La lucha, sin embargo, no se quedó en los amparos. En 2014 el Equipo Indignación A.C., el Albergue Oasis San Juan de Dios y UNASSE presentaron una demanda de acción contra la omisión legislativa del Congreso de Yucatán. Se trata de un mecanismo local que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán que le exigiera al Congreso del estado emitir una legislación, a lo cual está obligado constitucionalmente. Las organizaciones argumentaron que si bien el artículo 94 de la Constitución yucateca decía que el matrimonio ocurre solo entre “un hombre y una mujer”, también señalaba que todas las familias debían ser protegidas por la legislación; además, definía a la familia de forma tan amplia que abarcaba a las compuestas por personas del mismo sexo; por último, acusaron que el artículo 94 era inconstitucional por ir en contra de la Constitución Federal.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán desechó la acción. Así, el matrimonio igualitario en Yucatán quedó restringido únicamente a quienes podían pagar los servicios jurídicos para llevar su juicio de amparo.

El inicio del fin del apartheid matrimonial

Pasaron cinco años hasta que, en abril de 2019 el pleno del Congreso de Yucatán rechazó una iniciativa de reforma a la Constitución local para permitir el matrimonio igualitario, presentada por el entonces gobernador Rolando Zapata Bello como parte de un paquete de reformas sugeridas por algunas asociaciones de mujeres para garantizar la igualdad de género. Si bien la iniciativa tenía el propósito de reformar la Constitución, en sus artículos transitorios también ordenaba que se adecuara la legislación del Código de Familia, por lo que pretendía ser una reforma integral que resolviera el problema.

Al momento de votarla en el pleno, el diputado Enrique Castillo Ruiz, entonces presidente de la mesa directiva, ordenó que la votación se hiciera por medio de cédulas; esto implica que cada voto se haga en una hoja, se doble y se deposite en una mampara, sin que se pueda saber en qué sentido votó cada diputado. Sin embargo, el mecanismo no está permitido en la Ley de Gobierno del Congreso del Estado de Yucatán.

La iniciativa volvió a comisiones y regresó al pleno en julio de 2019, pero la mayoría nuevamente la rechazó. Durante la sesión, las diputadas Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié le hicieron saber a Enrique Castillo Ruiz que la votación por medio de cédulas está prohibida. Aun así, con presión de las bancadas del PRI y el PAN, Castillo Ruiz volvió a imponerla.

Los dos eventos, claramente relacionados, llevaron a que el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) presentara cuatro demandas de amparo. La primera fue en contra del fondo del asunto: se argumentó que, debido a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso yucateco debió haber aprobado la iniciativa.

Los tres amparos restantes se presentaron en contra de la votación mediante cédulas –y, por lo tanto, secreta–; estos se hicieron en compañía de la organización Article 19 México y Centroamérica: uno se presentó contra la votación de abril; otro, contra la de julio y lo firmaron personas LGBT+; el tercero, también contra la votación de julio, lo firmó el Colectivo PTFY, el Equipo Indignación A.C. y UNASSE.

No todos los casos se resuelven por la Suprema Corte (SCJN), solo aquellos, inéditos, que puedan dejar precedentes o si los asuntos son de gran trascendencia pública. La SCJN atrajo tanto el amparo contra el fondo como un par de los amparos contra la votación secreta.

El pasado 18 de agosto, la primera sala de la SCJN resolvió los dos últimos: declaró que la votación fue inconstitucional debido a que violó los derechos de la ciudadanía a informarse sobre las decisiones de sus autoridades. En otras palabras, reconoció que el derecho a conocer el sentido del voto de las y los legisladores es esencial para poder evaluar la función que realizan e incluso para decidir en los procesos electorales. De este modo, concedió el amparo en ambos casos, con el efecto de que se repitiera la votación sin insistir en la votación por cédulas.

Reparar el daño de último minuto

Mientras la SCJN decidía los amparos, sesionaba la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de Yucatán; este es el paso previo al voto de las iniciativas en el pleno. De forma unánime, decidieron que una nueva iniciativa de matrimonio igualitario, que presentó la diputada Milagros Romero Bastarrachea, se sometiera a votación general.

La maniobra fue interpretada por muchos activistas y ciudadanos como una táctica para dejar sin materia el juicio que quedaba pendiente, el de fondo, pues su resolución, en el pleno de la SCJN, podía ordenar directamente la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán. Por si fuera poco, esto ocurrió a menos de quince días de que la legislatura actual terminara su periodo.

Finalmente, este 25 de agosto de 2021, en sesión del pleno, por medio de una votación abierta y transparente, se aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán, ocho días antes de que las y los diputados que cometieron las arbitrariedades del 2019 dejaran sus funciones.

Si bien se reformó ya la Constitución yucateca, quedan pendientes dos pasos para que el matrimonio igualitario sea una realidad: el primero es que el gobernador Mauricio Vila Dosal publique la reforma en el Diario Oficial del Estado de Yucatán para que entre en vigor; el segundo es que el Congreso modifique el Código de Familia en menos de 180 días.

Además, queda pendiente saber si el Registro Civil de Yucatán comenzará a tramitar matrimonios de personas del mismo sexo a partir de la publicación de la reforma –en virtud de la supremacía constitucional sobre los Códigos de Familia– o si se esperará hasta las adecuaciones secundarias.

La victoria más allá del matrimonio

Después de poco más de veinte años de lucha, la comunidad LGBT+ en Yucatán al fin vio el matrimonio igualitario hecho realidad. No fue lo único que se obtuvo. En cada punto mediático de esta historia se generó un debate público, tanto en los medios de comunicación como en las mesas familiares. Este proceso dialéctico permitió, poco a poco, que la sociedad meridana –que concentra estadísticamente el mayor porcentaje de rechazo al matrimonio igualitario y tiene mayor incidencia en el Congreso local– se abriese al reconocimiento de la diversidad que siempre ha existido.

La lucha también dio pie a la organización y movilización. No solo fueron personas homosexuales, lesbianas y bisexuales apostando por la causa; personas trans, asexuales, pansexuales y demás letras de la diversidad se unieron y la hicieron suya. Los debates no se limitaron a exigir una figura jurídica de protección, sino que se extendieron al reconocimiento de la valía que por mucho tiempo se les ha negado.

Más allá de los pasos legales pendientes para concluir este capítulo en el tejido de la dignidad, el matrimonio igualitario es ya un hecho inminente que abre la puerta a una sociedad más justa. Finalmente, se vencieron los candados constitucionales que los grupos antiderechos colocaron desde 2008.

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Matrimonio igualitario en Yucatán, al fin

Matrimonio igualitario en Yucatán, al fin

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Esta crónica puntual registra cada paso de la lucha de activistas y organizaciones por la aprobación del matrimonio igualitario; también consigna los obstáculos que levantaron los grupos antiderechos y los diputados locales. Sin embargo, pese a todo, Yucatán terminó por reconocer la diversidad.

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Con veinte votos a favor y cinco votos en contra, se aprobó en el Congreso de Yucatán el matrimonio entre personas del mismo sexo. Luego de más de veinte años de lucha por la protección legal de todas las formas de la familia, los obstáculos que impedían imaginar este día desaparecieron. Hemos leído noticias similares en otros estados del país –ya 21 entidades federativas lo permiten–, sin embargo, el caso yucateco tiene características diferenciadas que se deben tener en cuenta.

En 2008 ciertos grupos vinculados con sectores religiosos, dentro de la Red Pro Yucatán (sic), iniciaron una recolecta de firmas en favor de una iniciativa ciudadana que impidiese el matrimonio igualitario. En ese entonces el Código Civil de la entidad restringía las uniones civiles a “un hombre y una mujer”, pero la apuesta de esos grupos era elevar la prohibición a rango constitucional para obstaculizar cualquier intento de reconocer a las parejas de personas del mismo sexo, tal y como se había logrado recientemente en la Ciudad de México y otros estados.

El resultado: la iniciativa ciudadana contra el matrimonio igualitario se aprobó por unanimidad. Desde entonces, el artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que “[e]l matrimonio es una institución por medio de l[a] cual se establece la unión jurídica de un hombre y una mujer, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.

Posteriormente, en el año 2012, todas las disposiciones sobre la familia se extrajeron del Código Civil para conformar lo que sería el Código de Familia de Yucatán; incluyó el artículo 49, que reiteraba la definición heterosexual del matrimonio.

Así, la posibilidad del reconocimiento de derechos a la diversidad sexual se cerró con dos candados: uno a nivel constitucional y otro en la legislación secundaria.

Las batallas por revertir la situación

A partir de ese momento, distintos activistas y organizaciones de Yucatán han emprendido esfuerzos para lograr el matrimonio igualitario. En el año 2012 se ganaron los primeros amparos para que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad. Estos litigios, liderados por el Equipo Indignación A.C. y la Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal (UNASSE), abrieron la vía judicial del amparo para acceder a la protección legal. Sin embargo, las sentencias de amparo solo tienen efectos para quienes las firman, por lo que tendría que haber un juicio por cada pareja de contrayentes. Con todo, para mediados de 2013 se llegó a la cifra de cien matrimonios diversos contraídos gracias esta vía.

La lucha, sin embargo, no se quedó en los amparos. En 2014 el Equipo Indignación A.C., el Albergue Oasis San Juan de Dios y UNASSE presentaron una demanda de acción contra la omisión legislativa del Congreso de Yucatán. Se trata de un mecanismo local que solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Yucatán que le exigiera al Congreso del estado emitir una legislación, a lo cual está obligado constitucionalmente. Las organizaciones argumentaron que si bien el artículo 94 de la Constitución yucateca decía que el matrimonio ocurre solo entre “un hombre y una mujer”, también señalaba que todas las familias debían ser protegidas por la legislación; además, definía a la familia de forma tan amplia que abarcaba a las compuestas por personas del mismo sexo; por último, acusaron que el artículo 94 era inconstitucional por ir en contra de la Constitución Federal.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán desechó la acción. Así, el matrimonio igualitario en Yucatán quedó restringido únicamente a quienes podían pagar los servicios jurídicos para llevar su juicio de amparo.

El inicio del fin del apartheid matrimonial

Pasaron cinco años hasta que, en abril de 2019 el pleno del Congreso de Yucatán rechazó una iniciativa de reforma a la Constitución local para permitir el matrimonio igualitario, presentada por el entonces gobernador Rolando Zapata Bello como parte de un paquete de reformas sugeridas por algunas asociaciones de mujeres para garantizar la igualdad de género. Si bien la iniciativa tenía el propósito de reformar la Constitución, en sus artículos transitorios también ordenaba que se adecuara la legislación del Código de Familia, por lo que pretendía ser una reforma integral que resolviera el problema.

Al momento de votarla en el pleno, el diputado Enrique Castillo Ruiz, entonces presidente de la mesa directiva, ordenó que la votación se hiciera por medio de cédulas; esto implica que cada voto se haga en una hoja, se doble y se deposite en una mampara, sin que se pueda saber en qué sentido votó cada diputado. Sin embargo, el mecanismo no está permitido en la Ley de Gobierno del Congreso del Estado de Yucatán.

La iniciativa volvió a comisiones y regresó al pleno en julio de 2019, pero la mayoría nuevamente la rechazó. Durante la sesión, las diputadas Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié le hicieron saber a Enrique Castillo Ruiz que la votación por medio de cédulas está prohibida. Aun así, con presión de las bancadas del PRI y el PAN, Castillo Ruiz volvió a imponerla.

Los dos eventos, claramente relacionados, llevaron a que el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) presentara cuatro demandas de amparo. La primera fue en contra del fondo del asunto: se argumentó que, debido a la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Congreso yucateco debió haber aprobado la iniciativa.

Los tres amparos restantes se presentaron en contra de la votación mediante cédulas –y, por lo tanto, secreta–; estos se hicieron en compañía de la organización Article 19 México y Centroamérica: uno se presentó contra la votación de abril; otro, contra la de julio y lo firmaron personas LGBT+; el tercero, también contra la votación de julio, lo firmó el Colectivo PTFY, el Equipo Indignación A.C. y UNASSE.

No todos los casos se resuelven por la Suprema Corte (SCJN), solo aquellos, inéditos, que puedan dejar precedentes o si los asuntos son de gran trascendencia pública. La SCJN atrajo tanto el amparo contra el fondo como un par de los amparos contra la votación secreta.

El pasado 18 de agosto, la primera sala de la SCJN resolvió los dos últimos: declaró que la votación fue inconstitucional debido a que violó los derechos de la ciudadanía a informarse sobre las decisiones de sus autoridades. En otras palabras, reconoció que el derecho a conocer el sentido del voto de las y los legisladores es esencial para poder evaluar la función que realizan e incluso para decidir en los procesos electorales. De este modo, concedió el amparo en ambos casos, con el efecto de que se repitiera la votación sin insistir en la votación por cédulas.

Reparar el daño de último minuto

Mientras la SCJN decidía los amparos, sesionaba la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso de Yucatán; este es el paso previo al voto de las iniciativas en el pleno. De forma unánime, decidieron que una nueva iniciativa de matrimonio igualitario, que presentó la diputada Milagros Romero Bastarrachea, se sometiera a votación general.

La maniobra fue interpretada por muchos activistas y ciudadanos como una táctica para dejar sin materia el juicio que quedaba pendiente, el de fondo, pues su resolución, en el pleno de la SCJN, podía ordenar directamente la aprobación del matrimonio igualitario en Yucatán. Por si fuera poco, esto ocurrió a menos de quince días de que la legislatura actual terminara su periodo.

Finalmente, este 25 de agosto de 2021, en sesión del pleno, por medio de una votación abierta y transparente, se aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán, ocho días antes de que las y los diputados que cometieron las arbitrariedades del 2019 dejaran sus funciones.

Si bien se reformó ya la Constitución yucateca, quedan pendientes dos pasos para que el matrimonio igualitario sea una realidad: el primero es que el gobernador Mauricio Vila Dosal publique la reforma en el Diario Oficial del Estado de Yucatán para que entre en vigor; el segundo es que el Congreso modifique el Código de Familia en menos de 180 días.

Además, queda pendiente saber si el Registro Civil de Yucatán comenzará a tramitar matrimonios de personas del mismo sexo a partir de la publicación de la reforma –en virtud de la supremacía constitucional sobre los Códigos de Familia– o si se esperará hasta las adecuaciones secundarias.

La victoria más allá del matrimonio

Después de poco más de veinte años de lucha, la comunidad LGBT+ en Yucatán al fin vio el matrimonio igualitario hecho realidad. No fue lo único que se obtuvo. En cada punto mediático de esta historia se generó un debate público, tanto en los medios de comunicación como en las mesas familiares. Este proceso dialéctico permitió, poco a poco, que la sociedad meridana –que concentra estadísticamente el mayor porcentaje de rechazo al matrimonio igualitario y tiene mayor incidencia en el Congreso local– se abriese al reconocimiento de la diversidad que siempre ha existido.

La lucha también dio pie a la organización y movilización. No solo fueron personas homosexuales, lesbianas y bisexuales apostando por la causa; personas trans, asexuales, pansexuales y demás letras de la diversidad se unieron y la hicieron suya. Los debates no se limitaron a exigir una figura jurídica de protección, sino que se extendieron al reconocimiento de la valía que por mucho tiempo se les ha negado.

Más allá de los pasos legales pendientes para concluir este capítulo en el tejido de la dignidad, el matrimonio igualitario es ya un hecho inminente que abre la puerta a una sociedad más justa. Finalmente, se vencieron los candados constitucionales que los grupos antiderechos colocaron desde 2008.

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