Una revocación que no fue

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

Texto de
Fotografía de
Realización de
Ilustración de
Traducción de
Fotografía de Jose Luis Gonzalez / REUTERS.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

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El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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¿Qué aspectos de la revocación de mandato deben mejorar en el futuro? Si es verdad que “el pueblo pone y el pueblo quita”, entonces también debería poder elegir quién reemplazaría al presidente revocado.

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El pasado domingo 10 de abril se llevó a cabo en México la primera jornada electoral para una posible revocación de mandato del presidente. Es interesante hacer un balance de este ejercicio, de sus resultados y de la regulación que tenemos, no solo para evaluar lo que sucedió sino con miras al futuro. Debo advertir que esta colaboración no busca un bando ganador o perdedor ni evaluar la fortaleza o debilidad del presidente y su partido; tampoco es una sentencia condenatoria ni una oda a la revocación de mandato. Pretendo, más bien, hacer un análisis que ayude a recuperar los aspectos positivos de contar con esta figura e identificar áreas de mejora para este ejercicio ciudadano de rendición de cuentas. En ese sentido, resaltaré algunos aspectos jurídicos y cívicos, sobre todo, respecto a la regulación de esta figura en México y su relación con los resultados que vimos.

Para empezar, es importante regresar al porcentaje de la lista nominal de electores que debe solicitar la consulta. En México se requiere que el 3% del padrón de personas que pueden votar (es decir, más de 2 millones 800 mil) solicite el ejercicio. Sin embargo, en 2018 López Obrador obtuvo más de treinta millones de votos y en 2021 su aprobación se encontraba en alrededor del 65%. Esto me hace cuestionar si es adecuado establecer un porcentaje tan bajo de personas para activar un mecanismo tan complejo y costoso.

Aquí se vuelve relevante recordar las buenas prácticas que existen en otros países, donde el porcentaje de apoyo para arrancar un proceso revocatorio debe de ser más cercano a la votación que obtuvo la autoridad electa. Por ejemplo, en Colombia se necesita que la solicitud sea respaldada por al menos el 40% del total de votos válidos durante la elección. Este elevado porcentaje no es una antesala del resultado, pero sí es una justificación suficiente para activar la maquinaria electoral del INE durante poco más de cinco meses.

El porcentaje de participación que se obtuvo esta vez (apenas el 18% de la lista nominal de electores) deja ver que el proceso no captó el interés de la gente, en parte, porque no había mucho en juego: el resultado —que se ratificaría a López Obrador— estaba bastante cantado. Al respecto, vale la pena recordar que México es el país de toda América Latina que requiere el menor porcentaje de apoyo para iniciar una revocación de mandato; otros casos, como Ecuador y Bolivia, exigen el 15% mientras que Venezuela solicita el 20%. Revisar este porcentaje para activar el mecanismo puede evitar críticas sobre ejercicios ociosos con autoridades que tienen altos porcentajes de aprobación, como ocurrió ahora.

Por otro lado, deben revisarse los efectos de la votación. Si bien el resultado de la jornada no fue vinculante, habría que repensar qué pasaría en caso de que una futura revocación sí lo sea. Nuestra Constitución establece que el Congreso federal debe designar a la persona que asuma la Presidencia de la República en sustitución del mandatario revocado, para que concluya el sexenio. Sin embargo, este esquema demerita la parte ciudadana del instrumento. El presidente, los miembros de su partido y sus seguidores insistieron en que “el pueblo pone y el pueblo quita”. La población tiene la facultad de concluir de manera anticipada el periodo del presidente en turno, pero no de determinar mediante una votación general quién lo reemplazará. Quizá, entonces, deberíamos completar la consigna: “El pueblo pone, el pueblo quita, pero no elige al sustituto”. Otros países, en cambio, sí mantienen el poder de decisión en la población. Por ejemplo, la legislación colombiana establece que se debe convocar a elección general en el plazo de dos meses; en Bolivia se hace en tres meses; y en Venezuela, si el ejercicio se realiza durante los primeros cuatro años del mandato presidencial, la elección debe convocarse dentro de los siguientes treinta días.

Otro aspecto importante es la regulación que se estableció en la Constitución y en la ley sobre la propaganda electoral para promover, a favor o en contra, la revocación. Durante las últimas semanas vimos que este esquema no funcionó. Los partidos políticos quisieron participar, trataron de reformar de última hora la legislación y, ante la imposibilidad de hacer campaña para que la gente participara en el proceso, decidieron ignorar la prohibición y frontalmente promocionar el ejercicio, aunque esto les acarreara sanciones. Así, debe establecerse una mejor regulación. La revocación de mandato es un ejercicio político y, naturalmente, su promoción generará voces a favor y en contra. Es importante relajar las prohibiciones actuales y, mejor, darle orden a la promoción que de facto sucederá. Entiendo el espíritu de la regulación actual: pretende garantizar la neutralidad, y este principio se alinea con la manera de conducir las campañas electorales, pero la reglamentación podría cambiar para elevar la información que reciba la población y, con ello, su participación en la revocación de mandato.

Otro aspecto que debemos tener en mente en el futuro es que los derechos requieren presupuesto para materializarse. En el caso de los derechos político-electorales en México, su garantía administrativa corre a cargo del INE. Si bien la organización de una elección de este tipo es muy costosa, el INE ha probado que logra hacerla con éxito y certeza para los participantes políticos y los votantes. El alto costo no se debe al INE, no es culpa suya, sino del complejo aparato electoral que se ha construido debido a la desconfianza política y a las prácticas ilegales. Por lo tanto, la Cámara de Diputados haría bien en otorgar los recursos necesarios para mejorar la organización de la revocación de mandato en el futuro.

La participación ciudadana es un valor democrático y un derecho que materializa la autonomía personal y la autodeterminación. Las democracias sólidas requieren de la participación ciudadana en los asuntos públicos. De ahí que se hayan impulsado diversos instrumentos de democracia participativa —o directa— que puedan renovar a la democracia representativa, que se encuentra en picada por la crisis de los partidos políticos. Los mecanismos como la revocación de mandato tienen el objetivo de acercar a la ciudadanía a algunas decisiones que sus representantes tomarían en su nombre —en ciertos casos, además, la involucran en la vida pública de la comunidad—. De este modo, el referéndum, el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa de ley ciudadana, el presupuesto participativo o la revocación de mandato permiten una mayor incidencia de la ciudadanía en los asuntos públicos. Particularmente, la revocación de mandato permite elevar el escrutinio de nuestras autoridades y, en ese sentido, la rendición de cuentas reduce los márgenes de abuso de poder, de corrupción e impunidad. En suma, la revocación de mandato abona a dos elementos indispensables para cualquier democracia: la participación y la rendición de cuentas.

Eso sí, la democracia participativa no es una fórmula mágica, más bien exige una ética ciudadana permanente. Con esto me refiero a una población informada, crítica y activa, que sigue sin materializarse en nuestro país; y también necesita actores políticos responsables de sus actos y declaraciones. En especial, la democracia participativa requiere recursos. Si queremos promover más espacios para que la población participe en los asuntos públicos, debemos invertir más presupuesto en ellos. En lo personal, aplaudo la incorporación de nuevas figuras de participación ciudadana en México. Ahora toca fortalecerlas.

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