Defensores de derechos humanos: explicar sus homicidios desde lo local

El problema de contar: los homicidios de defensores de derechos en México

El conteo de defensores asesinados comunica el tamaño de la crisis, pero también crea la falsa impresión de que en todo el país ocurre exactamente lo mismo y, por lo tanto, oculta las dinámicas de poder locales, las causas, las soluciones. Necesitamos destacar las particularidades de los territorios y las violencias que ocurren en ellos.

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Cada vez que nos enteramos de la noticia de que otro defensor de derechos humanos se suma al conteo de homicidios en México, volvemos a caer en un debate improductivo, con los mismos cuestionamientos y especulaciones: que si se trataba verdaderamente de un defensor de derechos, que si su muerte se debió a ese motivo o a otro, que si merecía la protección especial del Estado, que si no era periodista sino político, que si no lo asesinaron por la causa de su lucha sino porque “en algo andaba”.

Como si algo de esa información cambiara el hecho de que en el país hay diversos grupos poderosos (legales e ilegales) que matan impunemente a quienes los denuncian, los contradicen o se oponen a ellos, para ejercer coerción y control social. Este control está enquistado en la vida cotidiana de las comunidades. Poco a poco, México se silencia, la población es domada a golpe de plomo y los miles de homicidios producen un efecto mordaza en casi todo el territorio. Cada muerte violenta cuenta: todas contribuyen a este silenciamiento, todas mandan un mensaje.

Quienes denuncian abusos de poder y claman por justicia requieren protección: en este propósito coincidimos. Pero en cuanto a cómo identificar el problema, tenemos diferencias de concepción que repercuten en las medidas que el Estado debe tomar y en las soluciones que nosotros, con base en un trabajo interdisciplinario de documentación y análisis de las dinámicas locales, podemos recomendar. Nuestro punto de desacuerdo es el siguiente: distintas formas de violencia y coerción se registran como ataques a defensores de derechos humanos, sin embargo, este tipo de registro tiene el efecto de concentrar la atención sobre un tipo de persona (los defensores) y no sobre su quehacer (la defensa de los derechos). Aunque facilita el conteo y la representación gráfica de la situación, este enfoque supone que los blancos de los ataques son las personas que pertenecen a una categoría inequívoca, estable y que se puede acreditar, y no que la causa es su actividad cotidiana, que es variable y está llena de ambigüedad. La noción sobre los defensores parece clara y fija: el problema es que no lo es.

Contrario a lo que se sostiene, no existe una definición compartida de “defensora o defensor de derechos humanos”. El derecho internacional no define quién sí lo es y quién no, en cambio, define la actividad de defensa de los derechos humanos y, claro, la puede realizar cualquiera como parte de un ejercicio esporádico o constante. Para dejarlo claro, sirvan algunos ejemplos: ¿es defensor de derechos quien se dedica profesionalmente a ello dentro de una organización no gubernamental? Por supuesto. También puede serlo una persona dedicada a la enseñanza que, en su profesión o en su vida cívica, promueve y defiende los derechos humanos o la servidora pública de una administración local, alguien con liderazgo barrial, una ciudadana activa en la política local o un estudiante que decide hacer parte de un grupo que reclama sus derechos. No se trata de decir que todos lo son, sino de advertir que hay personas a las que comúnmente no asociamos con esta actividad y que pueden realizarla. Hay grupos que identificamos dentro de otras categorías —como los políticos locales, que abiertamente ejercen su derecho a la participación política— y que también pueden estar activos en la defensa de los derechos humanos.

El punto que hacemos parece sencillo, pero con frecuencia se pierde en el debate que nos empantana cuando asesinan a alguien por su defensa de los derechos humanos: hay más grises de lo que se cree y todo ser humano tiene múltiples facetas. Aunque no cuadren en categorías tajantes, no es raro encontrar a personas que, en lo local, se desempeñan en distintos campos, incluyendo la militancia política, el periodismo de opinión o la organización popular. Ninguno de estos ámbitos está excluido per se de la protección del Estado.

Nadie negaría, por ejemplo, la cualidad de defensor del territorio de Samir Flores, asesinado el 20 de febrero de 2019, tras recibir varias amenazas por su oposición a la termoeléctrica Proyecto Integral Morelos. Flores también fundó la Radio Comunitaria Amiltzinko y ejerció su derecho a informar. Su asesinato atacó todo su proyecto de vida, no solo una parte: encasillarlo o hacerlo contar en una lista o la otra no cambia el impacto de su ejecución.

Pero ¿en dónde encasillamos a Jorge Luis Camero?, un periodista asesinado en 2022, que fundó el portal de noticias El Informativo y se desempeñaba paralelamente como secretario personal del alcalde de Empalme, Sonora: ¿era reportero, político o defensor? Otro caso similar es el de Alejandro Márquez, el primer periodista asesinado durante el mandato de AMLO, que también había contendido como candidato a regidor del municipio de Tuxpan, Nayarit, en las elecciones locales de 2017.

Estos homicidios irradian mensajes de control y coerción en todos los campos de actividad en los que se desempeñaban antes de morir: escoger uno y descartar el otro es un error; ciertamente simplifica el cuento, pero no ayuda a entender lo que pasa en estos contextos ni el efecto —disciplinador— que tienen sus muertes. Para decirlo de la manera más clara posible: es común que varios oficios confluyan en una sola persona, que un “defensor de derechos humanos” también sea activista político, y lo segundo no anula lo primero. Un defensor de la tierra no deja de serlo (ni lo es menos) por participar en una contienda electoral local. Las fronteras que se usan para hacer operativa la protección del Estado son más porosas en la práctica de lo que se cree.*

El enfoque en el conteo y en la acumulación de homicidios de “defensores de derechos humanos”, como si fueran casos iguales o similares, oculta la variedad de causas y explicaciones, es decir, funciona en detrimento del análisis. Esta diversidad es especialmente significativa en México; aquí los actores que buscan silenciar la defensa de los derechos son múltiples y variados, incluyendo (al menos) tres fuentes de criminalidad amparada por el poder: el crimen organizado, las élites económicas y el mismo poder público. Cabe recordar que estas tienen distintas manifestaciones locales y que suelen ser desconocidas y subvaloradas en el plano nacional. Más que en defensores, valdría la pena pensar en personas que ejercitan sus derechos en estos planos locales y con ello, intencional o involuntariamente, interpelan a esos tipos de poder, en muchos casos también locales.

Cuando este registro acumula casos en todo el territorio se transmite una explicación que es parcialmente cierta: en México matan a quienes defienden derechos. Pero ese registro no cuenta ni habla sobre quiénes están detrás del control y el castigo en el nivel local o qué buscan con los homicidios en esos lugares específicos. Eso no solo afecta a las y los defensores: en última instancia, los destinatarios del mensaje de los homicidios y la impunidad son todos los habitantes de la localidad.

La impresión de uniformidad de México distrae, entonces, del necesario y urgente estudio de las dinámicas de poder locales, de la tarea de identificar fuentes de riesgo y relaciones concretas entre los homicidios y los eventos de significación local y de comprender específicamente cómo esos poderos locales evaden una y otra vez ser llamados a rendir cuentas. Estas son las redes de significación que todos los vecinos conocen, pero que no se hablan —mucho menos para afuera—. Esas verdades tapadas, pero comprendidas por la comunidad, son las que cuentan a la hora de interpretar el efecto de los homicidios en los lugares donde ocurren.

En cambio, un enfoque que se concentre en la actividad protegida y, particularmente, en las reacciones legales e ilegales que esa actividad desata tiene varias ventajas. Primero, no supone que la defensa de los derechos humanos abarca todas las características de la persona atacada. Segundo, al concentrarse en las actividades protegidas y en las reacciones que ocasionan, obliga a explorar las fuentes de peligro y a confrontarlas, en vez de limitarse a proteger a quien se vuelve blanco de su persecución. Tercero, es sensible al contexto específico donde se ejerció la defensa de derechos, es decir, reconoce e investiga los reclamos y las causas abanderadas que provocaron la confrontación con los grupos de poder que recurrieron a la intimidación: así, estos no se pierden de vista y, en vez de silenciarlos, se catapultan, pues reciben atención pública. Este es el propósito de los trabajos de los periodistas que buscan concluir y publicar las investigaciones de sus colegas asesinados o de las personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos, por ejemplo, en Colombia.

Lo anterior es crucial porque una de las medidas más importantes de México para prevenir estos homicidios es el mecanismo de protección de periodistas y defensores de derechos —nos referimos tanto al nacional como a los estatales—. La protección física de una persona, paradójicamente, conduce a que se acalle su labor. Más allá de si los servicios de seguridad provistos son efectivos, también son insuficientes. Mantener vivas a las y los defensores de derechos, pero en condiciones precarias o, de plano, silenciados cumple la intención original de quienes los persiguieron, por lo tanto, es un resultado sumamente indeseable.

Por el contrario, cuando el análisis se concentra en las dinámicas locales, las medidas se orientan a retomar el hilo de lo que se quiso silenciar o reprimir mediante la amenaza o el ejercicio de la violencia letal. Además, esta aproximación tiende puentes entre las medidas de protección (en el caso particular) y las medidas más amplias de reparación, que buscan restaurar y garantizar el ejercicio de derechos en la comunidad concreta y promover una situación en la que el Estado recupera su rol de garante y ejerce acciones preventivas según los riesgos que ha identificado.

Justo al lado de los números que engrosan los conteos de homicidios en México, hay muchas amenazas no denunciadas y que no llegan al registro. Aunque no se tenga noticia de ellas en la prensa nacional, la vida comunitaria y familiar sí las registra (y las resiente). Su impacto es amedrentador y paralizante. La violencia física no tiene que ser extrema para coercionar: es suficiente con que su amenaza se perciba como cierta. Si se le piensa como un sistema “paranormativo”, la imposición de sus reglas es sumamente efectiva. La impunidad constriñe aún más las actividades de defensa de derechos, carcome libertades y socava cualquier potencial de concertación social.

El resultado es una sociedad regida por el miedo y la autocensura. Con el paso del tiempo, esto se vuelve normal y la defensa de derechos humanos queda sometida a este régimen. Existen en México muchos espacios en los que no se habla de protección para las y los defensores de derechos porque esta actividad ha quedado efectivamente abolida. No es una exageración. Pensamos en las zonas más apartadas y abandonadas del territorio, como las zonas rurales o serranas ubicadas en Tamaulipas o en Chihuahua. Esta situación, la de quedar relegados, no solo ocurre por la distancia; también hay zonas urbanas con marginalidad extrema y en abandono. Cuentan, por ejemplo, las localidades adyacentes a las capitales de los estados, como Pantanal Xalisco, en Nayarit, o a tan solo unos treinta minutos de ellas, como lo está Xoxocotla de Cuernavaca, en Morelos, así como los puntos que conectan a las ciudades fronterizas con Estados Unidos.

En ese México relegado, un territorio excluido de la ilusa declaración del Estado de derecho, está proscrita la defensa de los derechos humanos. El silencio no debe interpretarse como que ahí “no pasa nada”. Al contrario, es un indicio del abandono de las leyes y de la efectividad del miedo para disciplinar la vida en las comunidades. Para realmente entender estas dinámicas de coerción, para remediarlas, el conteo de muertos, aunque comunica parte de la crisis, no puede ser la única fórmula ni la que predomine en la comprensión y en la lucha por defender los derechos humanos en el país.

 

Este texto fue posible gracias al apoyo de la Fundación Ford.


* Ciertamente hay personas en México que ejercen la defensa de los derechos humanos de manera regular y formal; puede ser que esta condición sea relevante al considerar los riesgos y los efectos que entrañan las amenazas, los ataques y los homicidios, pero no es una condición sine qua non para ser merecedoras de protección –y sobre todo no puede ser una condición para contar (es decir, para importar).

Jorge Peniche Baqueiro es director de producción de conocimiento de JTMX, Justicia Transicional en México, y profesor de la asignatura de Justicia Transicional en la Maestría de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana. Twitter: @JorgePeniche6.

Michael Reed-Hurtado es director de operaciones del Centro Guernica por la Justicia Internacional y profesor de la Universidad de Georgetown, en Estados Unidos. Twitter: @mreedhurtado.

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