Además, para obtener el documento de importación de las semillas, los solicitantes debían esperar un año y medio, como lo hizo la asociación MUCD para estudiar el proceso. Como parte de él hay que probar que se cuenta con un responsable sanitario, un aviso de funcionamiento, un libro de control de estupefacientes, viajar al país de donde se quieran importar las semillas, apostillar el permiso de la embajada de se país, trasladar las semillas en un avión que la Guardia Nacional debe revisar en el aeropuerto y certificar que estas cumplan con todos los requisitos. Tan solo la licencia de aviso de funcionamiento tiene un costo de 90 mil pesos.
“¿Para qué importaría semillas el segundo productor de cannabis del mundo? Es un sin sentido. Esto viene de una declaración que hizo el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo en 2015 en la que argumentó que lo que surge de una semilla ilegal, es una sustancia ilegal. Pero esas son consideraciones morales. No tiene sentido que importemos las semillas solo para limpiar el karma ilegal de la planta”, dice Víctor Gutiérrez.
El comentario del ministro Pardo fue un voto particular sin efecto en el ámbito jurídico, pero que se retomó para el dictamen aprobado. Gutiérrez lo interpreta como un obstáculo sin fondo que entorpece el debate sobre la despenalización y que sirve para favorecer a las empresas trasnacionales, dejando fuera de toda posibilidad de competir a quien no tenga la capacidad económica de cubrir los costos e impuestos de importación.
En la última versión del dictamen aprobado se estableció que sea el Instituto del Cannabis, dependiente de la Secretaría de Salud, el organismo gubernamental que importe las semillas para venderlas a quienes deseen sembrarlas. Es decir, el gobierno será el único encargado de proveer el insumo legal a las grandes empresas o a quienes deseen autocultivar, aunque los lineamientos aún no están bien definidos.
El dictamen establece también que se debe contar con empaques reciclables, compostables, herméticos, resellables, a prueba de niñas, niños y adolescentes para su distribución. Todo esto eleva los costos de producción para quienes además deben contar con un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y una opinión positiva de ese organismo fiscal.
Otra disposición prevista, en caso de aprobarse el dictamen sin modificaciones, es que tanto la semilla como la planta del cannabis, así como sus derivados, deben cumplir con un control de verificación, más un análisis de inocuidad que realizaría el Instituto Mexicano del Cannabis.
“Yo no digo que se cancele la industria como en otros países, pero deberían priorizarse los intereses de la sociedad civil, no criminalizar al usuario y saldar la deuda con los grupos afectados por la guerra contra el narco”, dice Gutiérrez.
legalización de la marihuana
El dictamen requiere también la trazabilidad de las empresas registradas, lo cual significa que el instituto designado deberá identificar el origen y las diferentes etapas del proceso de producción y distribución, cada materia prima y sustancias derivadas hasta su disposición final para fines de control. Estas pruebas conocidas como “de trazabilidad y el testeo” son altamente costosas, de acuerdo con MUCD.
Una vez completado el proceso, la personas físicas o morales que logren cumplir con los requisitos, contarían con una licencia para hacer solamente una de las actividades relacionadas al uso de cannabis, ya sea cultivo, almacenaje, empaquetado, investigación o venta al público.
“Hay un sistema de licencias que son excluyentes entre sí. Un mismo actor no puede tener más de una licencia: quien cultiva las semillas, no puede vender. Quien almacena el cannabis, no puede cultivar”, explica Gutiérrez.
Además, la emisión de licencias abre la puerta a las autoridades para inspeccionar casas de personas consumidoras y, en caso de no tener la licencia o no contar con lo que ellos consideren las condiciones óptimas para crecer un límite de 4 plantas, podrían recibir penas por ello.
El proyecto aprobado no elimina el límite de posesión simple permitido (200 gramos), por lo que se mantiene la criminalización de usuarios y penas administrativas. Si la posesión supera los 200 gramos, la pena será de tres a seis años de prisión, cuando la medida óptima, según los especialistas, es no sancionar la posesión simple en general.
La diferencia entre posesión simple y transporte de cannabis es una área muy gris, porque casos en los que una persona con solo cruzar la calle fue juzgado por transportar narcóticos.
Precedentes
El uso medicinal de la marihuana está permitido en el país desde el 2017, pero no correctamente regulado, pese a las resoluciones de la Corte para emitir normas para el uso terapéutico del cannabis.
La Corte había acordado que el 29 de octubre de 2019 el Senado aprobaría el dictamen para su venta y consumo legal en el país, pero la Cámara Alta pidió una prórroga, que le fue otorgada hasta el 30 de abril de 2020, por “la complejidad de la materia”.
La discusión que se dio febrero para aprobar el dictamen que regularía el cannabis en materia recreativa, farmacéutica, cosmética, médica y comercial, se dio bajo la presión de intereses privados, denunció el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, Ricardo Monreal.
¿Qué sigue?
De aprobarse el dictamen antes del 30 de abril tal cual está, el Instituto Mexicano del Cannabis será el regulador público, desconcentrado de la Secretaría de Salud. Los usuarios podrán consumir cannabis en espacios públicos, a menos que sean lugares libre de humo y queda prohibido a menores de edad el cultivo, cosecha, venta, consumo o promoción del cannabis.
Sin embargo, los llamados que hicieron organizaciones, expertos, sociedad civil, pacientes y médicos para no priorizar el interés económico sobre el de la protección de salud y la seguridad pública, quedarían desatendidos.